
Plazo final: Domingo 31 de mayo a las 23:59 horas.
*En este proceso solo pueden participar aquellos estudiantes que solicitan suspender su beneficio de arancel por el primer semestre o por todo el año 2026.
Proceso de Suspensión de Beneficios de Arancel
Si eres estudiante de la PUCV y no te matricularás este semestre, debes suspender tu beneficio de arancel.
Para eso, el estudiante debe solicitar la Suspensión del Beneficio por el período académico en que no se matriculará, es decir:
📅 Suspender semestralmente
🗓️ Suspender anualmente
Los estudiantes de primer año (cuya matrícula es anual) podrán solicitar la suspensión de beneficios si realizaron Interrupción de Estudios para el segundo semestre o si efectuaron Retiro Total de Asignaturas para el primer semestre (sin reincorporarse el segundo semestre).
*Si el estudiante no solicita la suspensión de sus Beneficios Ministeriales, no podrá hacer uso de ellos en futuras matrículas.
¿Cómo realizar la suspensión de Gratuidad y Becas de Arancel Ministeriales?
El MINEDUC define que un estudiante puede suspender un beneficio hasta máximo 2 semestres sólo presentando el Formulario de Suspensión.
Si el estudiante requiera suspender su beneficio por más de 2 semestres (consecutivos o no), además del Formulario de Suspensión, debe acreditar con documentos dichas causales:
Formulario de Suspensión
Para completar el formulario y, en caso de corresponder, enviar la documentación de respaldo, debes ingresar a la Plataforma de Recepción y seguir las indicaciones:
1. Ingresa tu RUT sin dígito verificador y corrobora tus datos.
Luego, indica la o las causales por la que estás solicitando suspender tu beneficio.
2. Con lo que indiques, se autocompletará el Formulario de Suspensión.
Si debes enviar documentos de respaldo, la plataforma habilitará un espacio para que cargues la documentación que corresponda y explicar brevemente el o los motivos por los que estás suspendiendo.
Una vez completado el formulario llegará un comprobante de recepción a tu correo PUCV.
Suspensión de Beneficios Institucionales y Créditos Educativos
Revisa las condiciones de suspensión de estos beneficios:
Becas Institucionales de Arancel
Los estudiantes que no se matriculen podrán suspender temporalmente sus beneficios, para reactivarlos una vez que se reincorporen a sus estudios. Deberán solicitar la Suspensión del Beneficio Institucional, procedimiento informado a través de correo electrónico y en el deben indicar el motivo y periodo por el cual suspenderán el beneficio, considerando que dicha suspensión podrá extenderse por un período máximo de 2 semestres académicos.
Fondo Solidario de Crédito Universitario (FSCU)
Los estudiantes que no se matriculen y cuenten con Fondo Solidario de Crédito Universitario, no deberán realizar ningún trámite, dado que la suspensión de este beneficio es automática. Si el tiempo de suspensión de estudios supera los cuatro semestres, el estudiante deberá participar del proceso de Declaración de Ingresos, según lo indicado en la Ley 20.572. Más información en: www.fscu.pucv.cl
Crédito con Aval del Estado (CAE)
Los estudiantes que no se matriculen, no deben realizar ningún trámite adicional para suspender el beneficio. Sin embargo, el periodo máximo de suspensión es de 2 semestres consecutivos. Si el tiempo de suspensión de estudios supera los dos semestres, el estudiante deberá participar de un proceso de solicitud especial.
Sobre la Beca de Alimentación en la Educación Superior (BAES)
Quienes sean beneficiarios de la Beca de Alimentación para la Educación Superior (BAES) no deben realizar ningún trámite adicional. Sin embargo, JUNAEB establece como requisito de renovación haber tenido el beneficio vigente el año anterior, por lo que el período máximo de suspensión es de 1 semestre. Si el tiempo de suspensión supera 1 semestre, el beneficio no se podrá reactivar.
.png)